El Poder Ejecutivo decidió enviar un proyecto de ley al Parlamento Nacional con la modificatoria a la Ley 29703, que recientemente varió el Código Penal respecto de los delitos contra la administración pública, informó la ministra de Justicia, Rosario Fernández, al concluir la sesión del Consejo de Ministros Nº 319.

"Lo que nosotros hemos hecho es revisar y, reponer el texto de alguna manera, con un proyecto nuevo que coloca el texto originario sin discusión y mantiene la elevación de las penas, en el capítulo relativo a los delitos contra la administración pública", señaló la autoridad.

Justificación
Fernández Figueroa explicó que tal determinación por parte del Ejecutivo se tomó porque la Ley Nº 29703 ha dado lugar a muchas discusiones, especulaciones y afirmaciones, señalando hasta cierto punto que se trataría de una norma que no apoya en la lucha contra la corrupción.

"Todo esto se da en una vocación indiscutible de luchar contra la corrupción, es por ello que, el Ejecutivo propuso el proyecto de ley para que precisamente sea visto como el tercer punto importante en la Legislatura Extraordinaria", dijo.

Asimismo, refirió que esta norma nació en el Poder Judicial y el proyecto fue modificado, de alguna manera, en el Congreso de la República. "Su aprobación se hizo enel Congreso y nació de un proyecto del Poder Judicial. A su turno, la judicatura ha mencionado que ha sido de alguna manera modificado en el Congreso", sentenció en declaraciones a la prensa realizadas en el patio de honor de Palacio de Gobierno.

En efecto, la publicación de esta norma causó un amplio debate por los efectos que tendría entre las personas procesadas y condenadas por delitos contra la administración pública. Así, para diversos penalistas consultados, los cambios más preocupantes de esta ley están referidos al delito de colusión, la desaparición de algunas penas de inhabilitación, por ejemplo, para el delito de enriquecimiento ilícito.

En este caso, la norma da unos márgenes de interpretación tan amplios que este tipo de inhabilitación no se extendería lo suficiente. Con ella se
incorpora también un supuesto agravado al peculado en función al monto o valor que pueda tener el bien.

Sin embargo, entre los cambios positivos a esta legislación, se destacó el aumento de algunas penas; la incorporación del soborno internacional pasivo, que no estaba tipificado en el Perú y la incorporación de algunos supuestos agravados de peculado.

(Tomado de El Peruano)

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