La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) puede constituirse en la entidad garante de la progresiva incorporación de las personas sujetas al régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) al nuevo Servicio Civil creado por la Ley Nº 29849, ya sea supervisando, expidiendo las normas de transparencia o interviniendo en la evaluación a la que ese personal será sometido, advierten expertos laboralistas.

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A juicio de Jorge Toyama, esta autoridad puede hacerse cargo de la evaluación de esos trabajadores o cuando menos establecer los criterios macro y a través de su tribunal convertirse en el órgano que controle cualquier abuso, considerando que para tener un servicio civil óptimo debe haber siempre una evaluación meritocrática.

Sostuvo que, precisamente, la gran novedad de la ley que establece la progresiva eliminación del CAS, consiste en la posibilidad no solo de quienes están bajo este régimen sino de los trabajadores del Estado de tener por vez primera –en los últimos años– un esquema basado en la meritocracia, tanto para acceder, permanecer o salir del servicio del Estado.

En opinión de Javier Dolorier esta norma, además, se enmarca en un proceso de reorganización del empleo público, en la medida que consagra dicha eliminación progresiva, que a su criterio es saludable porque permitirá adecuarla con la gran reforma del empleo público que se efectuará.

"El acceso a la carrera pública tiene que ser por concurso, en el que debe considerarse con un puntaje adicional a aquellos trabajadores que han estado mucho tiempo prestando servicios para la administración pública, vía servicios no personales, y, luego, CAS y que, por ende, han acumulado experiencia", detalló.

Criterios
Para el laboralista Javier Dolorier, Servir debería analizar si es que está dispuesta a asumir el reto de intervenir en la evaluación, considerando que es una institución que está cumpliendo sus funciones de manera adecuada. Pero, por lo pronto, aseveró, vía decreto y normas de inferior jerarquía, se puede reglamentar adecuadamente los pormenores y el procedimiento del concurso para el acceso al nuevo Régimen de Servicio Civil, que debe llevarse con criterios de igualdad, no discriminación, libre acceso a la función pública y transparencia.

Medidas
La Ley N° 29849 dispone la eliminación gradual del régimen especial de contratación administrativa de servicios a partir del año 2013 y la implementación del nuevo Régimen del Servicio Civil.

Esta ley modifica los artículos 3° y 6° del D. Leg. N° 1057, para redefinir el CAS e incorporar nuevos derechos para los trabajadores, como refrigerio, aguinaldo por Navidad y Fiestas Patrias, vacaciones remuneradas de 30 días, licencias por maternidad y paternidad, protección en seguridad y salud en el trabajo, libertad sindical.

Reconoce, además, causas de extinción del contrato y la indemnización en caso la resolución sea arbitraria.

(El Peruano)
 

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