Durante estos días hemos discutido sesudamente en diversos foros administrativos y políticos, medios de comunicación y otros interesados sobre el caso de nuestro aún Vicepresidente, Omar Chehade.

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Los hechos ocurridos nos brindan un escenario de posibilidades muy grandes de preguntas jurídicas y políticas; en el presente texto nos centraremos en un punto específico porque estoy seguro las situaciones, su entorno político y constitucional dan para muchísimo más.

Es evidente, que el Vicepresidente es sobre todo, por definición conceptual y constitucional un Presidente en potencia, pero además de eso, ¿qué es?
Empecemos este rápido análisis desde el comienzo: las elecciones presidenciales. Cuando un personaje decide postular a la Vicepresidencia de la República, o como sucede en nuestro país, cuando es convocado para postular con alguna figura política de arraigo popular (o que piensa que tiene arraigo popular) este personaje sabe que es convocado a la plancha presidencial porque puede aportar algún contenido que sea interesante para los electores, se usa la presencia del candidato a la vicepresidencia para incrementar el caudal de votación del candidato a la Presidencia de la República; sino ocurre ello la opinión pública se resiente. Recuérdese por ejemplo, el cuestionamiento que se le hizo a la plancha presidencial de Alejandro Toledo en las elecciones de este año por no incluir una mujer en ésta o la participación constante de los miembros de las iglesias evangélicas desde 1990 en varias planchas presidenciales.

Aquí surge un primer tema de análisis, se convoca al candidato a Vicepresidente por su popularidad, porque será un elemento que generará legitimidad al conjunto presidencial. Ese hecho obliga al candidato presidencial a formar un equipo con estas dos personas para aprovechar al máximo las potencialidades de cada uno de los miembros de la plancha presidencial.

Constitucionalmente, el candidato a Vicepresidente, puede postular adicionalmente al Congreso de la República; respecto de esta posibilidad dejo una primera pregunta, el Vicepresidente de la República es un miembro importante del Poder Ejecutivo, si eso es así ¿perjudica al balance de poderes que el vicepresidente también pueda ocupar un cargo en el Congreso? Desde mi punto de vista, sí; le resta independencia y posibilita una activa (y legal) intervención en las labores del Congreso, sobre todo en las referidas a la fiscalización y control político (igual fenómeno ocurre con los Ministros- Congresistas).

Siendo consecuente con mi pensamiento, creo que el Vicepresidente debe ser excluido del Congreso, ¿por qué? Porque tiene la obligación de encontrarse absolutamente listo para asumir la representación de la Nación convirtiéndose con la mayor agilidad posible en el primer funcionario público. Para ese efecto, igualmente, debe tener actividades que aprovechen el nivel del cargo; recuérdese que el Vicepresidente llega ahí producto de una elección nacional y que, por esa razón, cuenta con una legitimidad que debería ser aprovechada por el Poder Ejecutivo.

Hay una serie de temas que pueden ser encargados al Vicepresidente de la República: reforma del Estado, sistema de prevención de desastres, lucha contra la corrupción y otros, temas estructurales o de coyuntura, pero todas ellas materias que exigen liderazgo y coordinación multisectorial y que eventualmente exceden al Presidente del Consejo de Ministros. Un esquema de trabajo de este estilo permitiría al Presidente de la República multiplicar su presencia, aumentar su nivel de coordinación, y, para el gusto de los políticos, incrementar su poder.

Igualmente y para evitar cualquier altibajo en la conducción del Poder Ejecutivo el Vicepresidente debe tener asiento activo en el Consejo de Ministros, nuevamente, si el equipo de tres personajes elegidos por la población se consolida suficientemente la presencia del Presidente se multiplica a una serie de temas que hoy, por las limitaciones físicas, es imposible que abarque.

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