Con la finalidad de impulsar la interoperabilidad entre las instituciones del Estado, así como brindar más y mejores servicios a los ciudadanos, el Poder Ejecutivo estableció disposiciones para facilitar la puesta en marcha de la firma digital.

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La firma digital es aquella firma electrónica que utiliza una técnica de criptografía asimétrica, basada en el uso de claves, a la que se le otorga la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita u otra análoga que conlleve manifestación de voluntad.

Mediante Decreto Supremo N° 105-2012-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, se establecen diversas modificaciones a la normativa al respecto, sin afectar la validez y eficacia jurídica de las firmas digitales generadas bajo la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica.

Entre las principales disposiciones de la referida norma figuran que las entidades de la administración pública deberán elaborar y presentar a la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI), organismo público dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) el plan referido a la implementación de los procedimientos y trámites administrativos por medios electrónicos seguros en las entidades de la Administración Pública.

También se establece que las entidades de la Administración Pública que requieren hacer uso de la firma digital deberán iniciar el procedimiento de acreditación de Software de firma digital, ante la Autoridad Administrativa competente. En este caso, ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI).

La disposición legal indica que esta normativa referida a la firma digital, se enmarca dentro del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana 2.0; La Agenda de Competitividad 2012-2013, así como de la Política y Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2010-2014.

El Decreto Supremo que contiene las mencionadas disposiciones lleva la firma del Presidente de la República Ollanta Humala Tasso, así como del Presidente del Consejo de Ministros Juan Jiménez Mayor y del titular del Ministerio de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla Rubio.

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