El gobierno, en el marco de las facultades legislativas, modificó la Ley del mecanismo de Obras por Impuestos, y unificó normativa relacionada a las Asociaciones Público Privadas.

Como parte de las facultades legislativas delegadas en materia de reconstrucción y cierre de brechas en infraestructura, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió dos decretos legislativos que introducen cambios en los mecanismos de promoción de la inversión privada: las Asociaciones Público-Privadas (APP) y Obras por Impuestos (OxI).

Estos decretos legislativos, firmados por el premier César Villanuevay el ministro Carlos Oliva, entrarán en vigencia cuando se publiquen los reglamentos respectivos, en un plazo de 60 días.

En un comunicado, el MEF detalló que estos decretos tienen cuatro objetivos: 1) establecer un orden en la normativa tanto de APP como de OxI, 2) precisar que la cartera de Economía y Finanzas es la responsable de la rectoría de las políticas de inversión privada, 3) establecer procesos claros y transparentes para ambos esquemas de inversión, y 4) lograr mejores estudios desde el inicio de los proyectos para evitar cambios durante su proceso de concesión y ejecución.

CAMBIOS EN OXI

Además de precisar que la rectoría de los proyectos de OxI recae en el MEF, específicamente en la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada, el decreto legislativo n° 1361 amplía la aplicación de este mecanismo a cuatro sectores: el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) podrá hacer convenios con las Entidades Prestadoras de Saneamiento (EPS), el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) podrá usarlo en el tema de puentes; el Ministerio de la Producción (Produce) en construcción de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE) y mercados de abastos; y la Presidencia del Consejo de Ministros para los Centros de Mejor Atención al Ciudadano (MAC).

Así, las entidades del gobierno nacional podrán ejecutar proyectos de inversión en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, industria, turismo, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano y mercado de abastos.

Las empresas privadas, además de financiar y ejecutar proyectos, podrán proponer nuevos. “El derecho del proponente se agota con la presentación de la propuesta ante la entidad pública, sin posibilidad de cuestionamiento o impugnación del pronunciamiento en sede administrativa o judicial. Las propuestas de las empresas privadas mantienen su carácter de petición de gracia hasta la convocatoria del proceso de selección”, se indica en el decreto.

Los privados también podrán actualizar estudios de preinversión (fichas o expedientes técnicos), tomando en cuenta el respectivo Certificado de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL), documento que señala el monto a ejecutar. “Con ello se evitará proyectos con deficiencias”, indica el MEF. Las entidades públicas deberán reembolsar a las privadas los costos de actualización de estos estudios.

El MEF destaca la fijación de límite en el reconocimiento del monto de las variaciones o modificaciones al convenio durante la fase de ejecución del proyecto, el cual será del 30% del monto total de inversión considerado en el convenio inicial, en caso cuente con expediente técnico aprobado, y de 50% del monto total de inversión considerado en el convenio inicial, en caso no cuente con expediente técnico aprobado.

CAMBIOS EN APP

En el caso del decreto legislativo n° 1362, que regula la promoción de la inversión privada mediante APP y proyectos en activos, se unifica cambios normativos relacionados a este esquema de inversión en sus dos clasificaciones (cofinanciadas y autofinanciadas) y los condensa en 62 artículos.

Así, se establece la rectoría del MEF en cuanto a APP, pues será esta cartera la encargada de plantear los lineamientos de promoción y desarrollo de estos proyectos y emitir opiniones vinculantes “exclusivas y excluyentes” sobre la interpretación de este decreto legislativo. ProInversión se dedicará a estructurar, promocionar y adjudicar los proyectos.

A través del “diálogo competitivo”, el sector privado puede participar con propuestas en la elaboración de proyectos altamente complejos.

En cuanto al acompañamiento del proyecto, el gobierno dispuso repotenciar el Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión, creado en el 2013 con la finalidad de efectuar el diagnóstico preventivo de trabas en la ejecución de la inversión. Este equipo del MEF estará a cargo de monitorear la ejecución física y financiera de los proyectos.

Sobre el apoyo especializado de actores externos, el MEF faculta a las entidades públicas titulares de APP a crear un órgano especializadoque se encargará del desarrollo e implementación integral de los proyectos. Esto se podrá realizar de forma directa o a través de terceros. El MEF, en su comunicado, detalló que los sectores ahora podrán contratar apoyo externo para que sus equipos se vean fortalecidos y se faculta a los ministerios a tercerizar la gestión de los proyectos.

En cuanto a la aplicación de mecanismos disuasivos para evitar proyectos inactivos, el decreto precisa que si un sector no está interesado en darle continuidad a un proyecto, lo cancela y sale de la cartera; de lo contrario, deberá hacerse cargo del pago de asesores y estudios.

(Tomado de Semana Económica)

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