Hoy entra en vigencia la Ordenanza 1599 que regula el transporte público de personas en Lima Metropolitana y contribuye a la implementación del Sistema Integrado de Transporte, a fin de garantizar condiciones de calidad y seguridad en este servicio.

transporte lima

Esta norma es de cumplimiento obligatorio para todas las empresas, conductores y cobradores que prestan servicio en la capital, así como para los órganos de línea y de gestión de la municipalidad metropolitana.

Los aspectos que aborda esta Ordenanza tienen que ver con las autoridades competentes, los mecanismos para el otorgamiento de concesiones para la prestación del servicio, declaración de áreas o vías saturadas, y las condiciones de acceso al servicio de transporte público.

También establece la antigüedad máxima de acceso y permanencia de los vehículos de transporte público, al igual que las características y especificaciones técnicas del Bus Patrón, vehículo que prestará servicio en los corredores complementarios y de aproximación.

Otros temas comprendidos en la norma edilicia tienen que ver con las condiciones técnicas, operacionales y legales de los vehículos que prestan servicio público, así como las obligaciones de la empresa autorizada y de los usuarios, y los derechos de los pasajeros.

El régimen de fiscalización, determinación de la responsabilidad y medios probatorios, infracciones, sanciones aplicables y medidas preventivas, así como el procedimiento sancionador, forman igualmente parte de la Ordenanza 1599.

La Ordenanza 1599 incluye una tabla con 74 infracciones codificadas y las respectivas sanciones que se aplican según se trate de la empresa autorizada, del propietario del vehículo, del conductor y cobrador, así como del operador de la infraestructura complementaria de transporte terrestre.

Luego de una reunión en la Mesa Técnica de Transporte Urbano en la que participan funcionarios de la municipalidad de Lima y representantes de las empresas de transporte, se acordó que 13 sanciones no entrarán en vigencia hasta que tengan una reglamentación técnica.

Entre estas sanciones se encuentran las referidas a la manipulación de la radio por parte de los choferes de transporte público mientras conducen; y la prestación del servicio con conductores y cobradores que cuenten con credencial suspendida o cancelada.

Asimismo, cuando los conductores excedan la jornada máxima –de cinco horas continuas- de conducción establecida, entre otras.

En esta norma se aumenta la sanción de infracciones como el «correteo», principal causa de accidentes de tránsito, que ahora tiene una multa de 3,650 nuevos soles y antes era diez veces menor.

(Andina)

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