La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR emitió una directiva complementaria para la mejor aplicación del Trabajo Remoto (TR) en todas las entidades públicas en base a las consultas  recibidas desde el inicio del aislamiento social obligatorio que rige en el país tras la declaración del Estado de Emergencia Nacional y Emergencia Sanitaria por la pandemia del Covid-19.

En la directiva se precisan el ámbito de aplicación del TR, definiciones, variación excepcional de funciones, obligaciones para los servidores y la entidad, acciones que debe realizar la entidad para implementar el TR, obligaciones, deberes y responsabilidades de los servidores. Así como las condiciones mínimas para que el TR funcione, así como la responsabilidad que recae sobre el jefe porque él debe establecer las actividades que el servidor debe realizar, pero también debe supervisar su cumplimiento.

Dispone también que, de manera excepcional, se puede variar funciones para aquellos servidores que no pueden hacer trabajo remoto porque la naturaleza de su puesto no lo permite. Así se brinda más facilidades para que los servidores no se encuentren con licencia con goce de haber compensable.

SERVIR recuerda que el TR se aplica desde el inicio del aislamiento social obligatorio y las entidades públicas lo priorizan para velar por la seguridad y salud de sus servidores. Solo están realizando actividades de manera presencial aquellas que son imprescindibles, teniendo en cuenta las reglas sanitarias emitidas por la autoridad nacional de salud.

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Para brindar una mejor información y apoyar a los/as directivos y servidores públicos frente a la pandemia, SERVIR ha recopilado información a través de un site “gestioncovid”, donde podrán acceder a todas la pautas para la gestión de recursos humanos, ideas y guías para facilitar el trabajo, así como toda la normativa vigente.

Finalmente, SERVIR explica que el retorno a actividades presenciales se realizará de manera gradual, por lo que hemos previsto medidas alternativas para que la atención a la ciudadanía no pare, de manera tal que el TR se puede aplicar hasta fin de año.

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