Se pone en conocimiento de las entidades públicas y de la ciudadanía en general que mediante Ley Nº 29992, publicada en el diario oficial El Peruano el 07 de febrero de 2013, se ha modificado la Ley Nº 26644, estableciendo que el descanso postnatal se extiende por 30 días naturales no sólo en los casos de parto múltiple, sino también en los de nacimiento de niños con discapacidad.

De acuerdo a la norma publicada, para dicho efecto, se debe acreditar la discapacidad con la presentación del certificado otorgado por el profesional de salud debidamente autorizado.

Asimismo, se ha establecido que el Poder Ejecutivo reglamentará la Ley en un plazo no mayor a los treinta (30) días hábiles desde su entrada en vigencia.

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