El gobierno fortaleció a la Sunat y le ha otorgado nuevas herramientas para combatir la evasión y elusión, acceder al secreto bancario y tener mayor control sobre los operadores de comercio exterior.

La Sunat ha ampliado su alcance. El gobierno, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), continuó dotándola de nuevas facultades con el objetivo de combatir la evasión y la elusión tributaria, tener mayor acceso al secreto bancario y aumentar su control sobre la cadena logística de comercio exterior. Como ya había adelantado esta revista en su edición impresa, las empresas sentirán a una Sunat más cercana debido a que estará provista de nuevas herramientas.

La nueva regulación, especialmente la norma antielusiva, apunta sobre todo a las grandes empresas, según abogados tributaristas consultados por SEMANAeconómica. “Se ha buscado ir al contribuyente que genera mayor recaudación”, manifestó Álvaro Arbulú, socio de impuestos de EY. En esa misma línea opinó el especialista en derecho tributario Jorge Picón: “Se han endurecido contra el contribuyente formal y grande”.

ANTIELUSIVA: PERSISTE LA INCERTIDUMBRE

La norma antielusiva está principalmente orientada a la gran empresa, pues la elusión requiere un planeamiento más sofisticado, algo difícil de encontrar en las medianas o pequeñas empresas. Su objetivo es desincentivar los planeamientos tributarios agresivos de los contribuyentes. La norma fue aprobada en el 2012 y suspendida por el CongresoPese a que el decreto legislativo del gobierno busca mejorar su aplicación, no ha precisado si ya se levantó la suspensión.

En cuanto a su aplicación, Víctor Shiguiyama, jefe de la Sunat, ha subrayado que no se aplicará masivamente. “El objetivo no es recaudador, sino permitir que las empresas realicen sus planeamientos tributarios de acuerdo a la ley y no utilicen mecanismos para abusar de ella”, dijo esta semana. Serán pocas las empresas impactadas. La Sunat ha precisado a especialistas en materia tributaria que no se registrarían más de 20 casos al año, según Picón. Para Tania Quispe, exjefa de la Sunat, la cantidad de empresas investigadas por elusión será “muy pequeña porque la capacidad de Sunat no va a dar para más y porque hay que hacer un proceso muy exhaustivo de investigación. Se van a tener que elegir los casos más representativos”. En Chile, por ejemplo, se establecieron casos estándar de elusión para que los auditores tuvieran una guía de cómo aplicar la norma.

Pero dos son las preocupaciones latentes. Una de ellas es la disposición de responsabilidad solidaria de los representantes legales de las empresas. Ésta señala que directores o gerentes serán responsables de prácticas elusivas si han colaborado con el planeamiento tributario de sus empresas.

Otra preocupación es la capacidad de los auditores para aplicar la norma antielusiva. “Hoy los auditores de campo no necesariamente están preparados para aplicar la norma antielusiva. Su razonamiento es muy fiscalista y no económico”, advirtió Arturo Tuesta, socio líder de impuestos de PwC. El especialista señala que se necesitará de “mucha guía” y una “capacitación muy específica”.

La entidad recaudadora es consciente de que sus auditores todavía no tienen las capacidades para aplicar la norma antielusiva, según Ramón Gálvez, socio de Gálvez, Risso & Zegarra Abogados. La institución también ha remarco a especialistas que su intención es aplicar la norma de forma selectiva. “La Sunat tiene que dar unos pasos hacia adelante y mostrar un nivel más alto de calidad técnica”, indicó Gálvez. Arbulú señaló que el MEF conoce las limitaciones de Sunat, por lo que la atención se ha enfocado solamente en las empresas grandes. “La norma dice que va a tomar en cuenta, entre otros criterios, el tamaño de las empresas. Eso da un lineamiento de ir hacia los principales contribuyentes nacionales”, dijo.

La Sunat, consultada sobre este asunto, subrayó a SEMANAeconómica que los auditores están siguiendo un “plan de capacitación para aplicar la norma adecuadamente. Adicionalmente, en las áreas de auditoría de la Intendencia de Principales Contribuyentes, existen profesionales de sectores especializados y también economistas”.

En vista de que los auditores de la Sunat tienen una serie de empresas que auditar al año, la investigación antielusiva le genera una carga adicional de trabajo. “Van a tener que aplicar la norma sólo si tienen muy buenas posibilidades de llegar a buen puerto. El asunto le genera mucha responsabilidad al auditor y a la Sunat, por lo que van a ser pocos [los investigados]”, agregó.

Se formará un comité revisor de tres personas que estará conformado por abogados o contadores con más de diez años en la Sunat y estudiará los posibles casos de elusión. Ese filtro elevaría la valla a los auditores, que deberán pasar por un proceso riguroso que les exigirá recabar suficiente evidencia para demostrar sus hipótesis de trabajo. De este modo, el objetivo es evitar un uso indiscriminado de la norma.

“La gente del comité tiene mucha más experiencia. Está a otro nivel de formación y no está sujeta a cumplimiento de metas y obligaciones”, sostuvo Quispe. “Un funcionario que tiene diez años de antigüedad en la Sunat sabe muy poco del sistema privado, sobre cómo funcionan las empresas”, retrucó Gálvez.

SECRETO BANCARIO: MÁS ACCESO PARA SUNAT

La administración tributaria tendrá más acceso a las cuentas de los contribuyentes en el sistema financiero. Otro decreto legislativo ha establecido que los bancos deberán entregar a la Sunat información de sus clientes sobre saldos y/o montos acumulados cuando se realicen investigaciones para combatir posibles casos de evasión y elusión.

El secreto bancario está desapareciendo en el mundo, y lo mismo sucederá progresivamente en el Perú, según las fuentes consultadas. Ésta es una condición para que el Estado peruano intercambie información con otros países que han firmado la Convención de la OCDE sobre asistencia administrativa mutua en asuntos tributarios.

El decreto señala que la Sunat deberá ajustarse a los estándares internacionales para intercambiar información asegurando seguridad y confidencialidad. Las fuentes coincidieron en que el ente recaudador siempre ha guardado reserva en esos casos. “La historia nos dice que la Sunat no ha tenido filtraciones de información”, comentó Tuesta.

“La Sunat tiene muy pocos casos de fuga de información sensible. No es lógico que un país con lavado de dinero e informalidad no tenga acceso directo al secreto bancario. Me parece que esa custodia del secreto bancario en la Constitución fue una exageración”, opinó Sandro Fuentes, socio del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano. En la misma linea declaró Tania Quispe: “La Sunat ha mantenido un nivel de estabilidad a lo largo de todos los años y ha preservado la reserva tributaria, con lo cual creo que está preparada para guardar la reserva del secreto bancario”, comentó.

ADUANAS: MÁS CONTROL EN LA CADENA LOGÍSTICA

Otro decreto que aumenta el alcance de la Sunat es el que modifica la Ley General de Aduanas. La institución tendrá mayor control sobre los operadores de la cadena logística del comercio exterior.

“La Sunat está tratando de tener un mayor control sobre todos los sujetos. Ahora tiene cierta injerencia y les exige que cumplan ciertas obligaciones. Hay ciertos usuarios y [Operadores] Intervinientes a los que pueden llamar a comparecer o a pedirles información”, explicó Gonzalo Bernal, asociado principal del Estudio Echecopar. La nueva legislación señala que entre los Operadores Intervinientes están las empresas importadoras y exportadoras, los pasajeros y las concesionarias de instalaciones aeroportuarias, entre otros.

El especialista sostuvo que la Sunat deberá desplegar más recursos humanos para fiscalizar que los operadores cumplan con sus obligaciones, pero aún está por verse la capacidad que tendrá para hacerlo. La institución tiene varios meses para adecuarse, pues el reglamento será publicado en mayo de 2019.

El decreto no precisa cómo se aplicarán sanciones cuando los operadores no cumplan sus obligaciones. Tampoco diferencia qué tipo de sanción se le aplicaría a cada tipo de Operador de Comercio Exterior (OCE). Según  la norma, entre las OCE están las empresas navieras, los almacenes de duty free y almacenes aduaneros, los operadores de transporte multimodal internacional, etc.

“El reglamento debería definir qué infracción le corresponde a cada operador. Hoy como está [la norma] puede haber infracciones que no le correspondan a uno u otro sujeto que están en la misma categoría. Hay 20 o 30 infracciones y no se sabe cuál se aplica”, señaló.

(Tomado de Semana Económica)

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