Para implementar las medidas de prevención, supervisión, control y corrección de los impactos ambientales negativos derivados de los proyectos de inversión pública, el Gobierno aprobó una nueva directiva para regular al detalle la obligatoriedad y los criterios para la certificación ambiental de los proyectos de las entidades públicas.

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Así, mediante la RM Nº 052-2012-Minam se espera facilitar la concordancia entre el Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) y el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Por ello, dispone también los anexos para el desarrollo mínimo de estos estudios ambientales y la obligatoriedad de actualizarlos cada tres años. La norma contará, en un plazo de 30 días, con un aplicativo informático para que las entidades y empresas del sector público no financiero soliciten, vía internet, al SEIA toda la información necesaria.

El Gobierno da cumplimiento a la Ley General del Ambiente, la cual establece que toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter significativo, está sujeta, de acuerdo a ley, al SEIA, cuyo organismo director es el Ministerio del Ambiente.
 

(El Peruano)

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