El Ejecutivo estableció las actividades económicas del sector privado que podrán ser excluidas de los días no laborables en Lima Metropolitana y el Callao, el lunes 1 y el martes 2 de octubre de 2012, con el fin de que puedan laborar normalmente si así lo requieren, durante la realización de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro América del Sur-Países Árabes (ASPA).

feriado largo

De acuerdo a ello, las entidades y empresas privadas que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, hoteles y hospedajes, puertos, aeropuertos y vigilancia, quedan excluidas de los días no laborables, a fin de garantizar sus respectivos servicios.

También están exceptuadas las empresas, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa. Estas labores y la designación de los trabajadores que deben desempeñarlas serán determinadas por el empleador.

Toda consulta sobre la aplicación de los supuestos de excepción será atendida por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, previa formulación por escrito, a través de la vía telefónica o del Internet.

Estas disposiciones fueron establecidas mediante el Decreto Supremo N° 100-2012-PCM, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, con el objetivo de garantizar la continuidad de aquellas actividades relevantes para la comunidad y las labores indispensables en la actividad empresarial.

El dispositivo legal lleva la rúbrica del Jefe de Estado, Ollanta Humala Tasso; y está refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Juan Jiménez Mayor; y el ministro de Trabajo y de Promoción del Empleo, José Villena Petrosino.

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