La Autoridad del Servicio Civil – SERVIR, con el objetivo de brindar información sobre la implementación de las modalidades formativas de servicios en el sector público, comunica lo siguiente:

  1. Las entidades públicas pueden convocar practicantes en el marco del Decreto Legislativo N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el sector público, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 083-2019-PCM, a partir del jueves 25 de abril de 2019.
  2. El plazo de los ciento ochenta (180) días calendario previsto en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 083-2019-PCM corresponde a la implementación de la plataforma virtual que permitirá: i) la difusión de la oferta de vacantes públicas para prácticas, y ii)el registro de convenios de prácticas.
  3. La difusión de la oferta de vacantes públicas para prácticas se realiza a través del portal institucional de cada entidad, el Portal del Estado Peruano y otros medios de información a criterio de la entidad convocante, en tanto SERVIR implemente la respectiva plataforma virtual.
  4. Las entidades públicas deben informar a SERVIR, de manera inmediata, los convenios de prácticas que suscriban, a efectos de proceder con su registro. Para ello, utilizarán el archivo denominado MATRIZ DE REGISTRO DE PRÁCTICAS que SERVIR custodia, al cual pueden acceder en el siguiente enlace:

DESCARGAR MATRIZ

5. Los formatos de los convenios de prácticas preprofesionales y profesionales, así como el certificado de prácticas pueden ser descargados en el siguiente enlace:

      Descargar formato convenio de prácticas preprofesionales

Descargar formato convenio de prácticas profesionales

Descargar formato de certificado

6. A las convocatorias de prácticas que estuviesen en curso o incluso a las que ya hubiesen concluido les resulta de aplicación el Decreto Legislativo N° 1401 y su reglamento en el estado en que se encuentren a la fecha de su entrada en vigencia.

7. La atención de consultas sobre modalidades formativas se canalizará de la siguiente manera:

a) Consultas sobre Registro de Convenios y Formatos: registrodepracticas@servir.gob.pe

b) Consultas sobre Supervisión (artículo 26 del DL N° 1401): info@servir.gob.pe

c) Consultas normativas (procedimientos y plazos, etc.): Sistema de Consultas Electrónicas de la Ciudadanía – CECI.

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